- Endereço Castropol y Tapia de Casariego Occidente de Asturias
- Serviços Serviços: Playa sin Humo | Servicio hostelería | Duchas | Aparcamiento | Accesible | Servicio salvamento | Surf
- Comprimento Comprimento: 600 m
- Tipo de Praia Tipo de Praia: Arena fina dorada
- Acessos Acessos: A pie y coche
Playa de arena fina dividida por el arroyo de Penarronda
Una flora única para un Monumento Natural
La playa de Penarronda la comparten los concejos de Castropol (Barres) y Tapia de Casariego (Santa Gadía). Dividida por el arroyo de mismo nombre, Penarronda es única: cuenta entre su flora con Malcomia littorea, es decir, alhelí de mar, una especie en peligro de extinción, que no está presente en ningún otro lugar de Asturias.
Además, destaca por su singular belleza, en forma de concha alargada y con una roca redonda en el centro que da nombre a la playa. Tiene buenos equipamientos, es ventosa y con fuerte oleaje, lo que la hace perfecta para la práctica del surf.
En Tapia de Casariego se accede por Santa Gadía y en Castropol por la localidad de Barres.
Forma parte de la Reserva de la Biosfera Río Eo, Oscos y Terras de Burón.
Ordenanza mascotas en la playa:
- Queda prohibido el acceso de animales domésticos a las playas y zonas de baño, a excepción del que resulte preciso para el desarrollo de actividades debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria competente.
- En el caso de animales abandonados que deambulen por las playas, serán responsables de los mismos sus propietarios.
- Queda autorizada en las playas la presencia de perros lazarillo en compañía de la persona a quien sirvan, sin perjuicio de la responsabilidad de su poseedor y/o propietario ni de las medidas que el mismo deba adoptar para evitar molestias o riesgos paro el resto de usuarios.
- Quienes vulneren la prohibición del número 1, o no cumplan con las condiciones preceptuadas en el número 3 anteriores, deberán abandonar de inmediato las playas con el animal, a requerimiento verbal de los Agentes de la autoridad, quienes girarán parte de denuncia en orden a la instrucción del oportuno expediente sancionador.
Puntos accesibles:
Rampa.
Duchas y aseos.
Ocho plazas aparcamiento.
Silla anfibia.